Área de elementos
Código de referencia
303-2007-AGN/J
Título
Resolución Jefatural N° 303-2007-AGN/J
Autoridad que emite el documento
Fecha de emisión de documento
-
2007-07-24
- Creador
- Teresa Carrasco Cavero
Asunto
- Los trabajadores que no hayan laborado los días 25 y 26 de junio del año en curso, como consecuencia del paro laboral, deberán trabajar a partir del día 18 del mes de julio, una hora diaria adicional, de manera consecutiva hasta la recuperación total de las horas perdidas; caso contrario, se procederá al descuento correspondiente. Se establece el 15 de agosto como fecha límite en la que se podrá realizar la compensación, procediéndose al descuento correspondiente después de esa fecha.
Cantidad de folios, soporte
application/pdf
Cantidad de folios, soporte
1 folio(s); papel
Fuente
Organismo productor
Cobertura (espacial)
Condiciones de accesibilidad
Público