Otorgar una subvención en abril 2000 al comité de administración del fondo de asistencia y estimulo de los trabajadores, en aplicación del Decreto Supremo N.º 067-92-EF.
Declarar procedente el recurso de regularización de escritura pública, presentado por Cayhualla Ccencho Sixto Celestino, descrito en el segundo considerando, por los fundamentos de hecho y derecho que se exponen; en consecuencia, procede la intervención d
Declara procedente el recurso de regularización de escritura pública, presentado por Maurtua Bendrell Rosa, descrito en el segundo considerando, por los fundamentos de hecho y derecho que se exponen; en consecuencia, procede la intervención del Doctor Man
Declarar procedente el recurso de regularización de escritura pública, presentado por Passara Gómez José Manuel, descrito en el segundo considerando, por los fundamentos de hecho y derecho que se exponen; en consecuencia, procede la intervención del Docto
Declarar procedente el recurso de regularización de escritura pública, presentado por Ramírez Bezada Fernando, descrito en el segundo considerando, por los fundamentos de hecho y derecho que se exponen; en consecuencia, procede la intervención del Doctor
Declarar procedente el recurso de regularización de escritura pública, presentado por Pérez Vásquez David, descrito en el segundo considerando, por los fundamentos de hecho y derecho que se exponen; en consecuencia, procede la intervención del doctor Manu
Rectificar la Resolución N.º 158-2000-AGN/J, en su parte resolutiva en el sentido de dejar sin efecto la intervención del notario Dr. Ayala Alvarado Carlos E., interviniendo a petición expresa del solicitante, el Dr. Gutiérrez Miraval Juan Francisco, Nota
Declarar procedente el recurso de regularización de escritura pública, presentado por Seguil Quispe Jacinto, descrita en el segundo considerando, por los fundamentos de hecho y derecho que se exponen; en consecuencia, procede la intervención del Doctor Ma
Declarar procedente el recurso de regularización de escritura pública, presentado por Ingaroca Fernández Hilda N., descrita en el segundo considerando, por los fundamentos de hecho y derecho que se exponen; en consecuencia, procede la intervención del Doc
Rectificar el error material originado en el cuarto párrafo del primer considerando de la R.J. N.º 153-200-AGN/J conforme lo señala a continuación: Dice "Acción de control no programada N.º 001-99-Np-AGN/OGA"; debiendo decir: "Acción de control no program