Designar al señor Carlos Cesar Mesa Montalvo, Jefe de la Oficina de Administración, como funcionario responsable de remitir a la Dirección de Producción de Justicia y Fortalecimiento de la Practica Jurídica Información sobre las sanciones de carácter firme, en el marco de los procedimientos administrativos disciplinarios a su cargo para su inscripción en el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Practica Profesional.
Opinión legal referente a la salida de documentos del archivo departamental de Trujillo a petición del concejo provincial de Trujillo, dirigido al director técnico del AGN
Referente a la eliminación de documentos del Hospital Rebagliati, se recomienda proyectar la resolución jefatural de conformidad con la normatividad vigente que derogue la expedida con anterioridad, dirigido al director general de archivo intermedio.
Opinión sobre proyecto de directiva sobre rol de vacaciones y su cumplimiento, sugiere que los numerales 1 y 2 por ser conceptos homogéneos se integren en uno solo como objetivos 1.1.y 1.2 y el numeral 6.1.2. Sea contemplado de conformidad con el D.L. 276 que señala que los servidores de carrera tienen derecho a la acumulación convencional de vacaciones y mientras dicho dispositivo no se derogue debe tomarse en cuenta, dirigido al jefe de oficina de personal.
Opinión sobre adelanto de compensación por tiempo de servicios, se concluye que procede para el pago de cuota inicial de inmuebles adquiridos por sorteo del FONAVI, Julián Rueda fue beneficiado el año 1980 y del texto de su solicitud se deduce que le faltan pagar cuotas mensuales del inmueble, mas no la inicial para acogerse al D.S. 485-83-efc, para el caso expuesto y de conformidad con el dispositivo no procede, se recomienda se le solicite al recurrente documento fehaciente, mediante el cual demuestre que va a efectuar el pago de cuota inicial del inmueble adquirido por sorteo FONAVI para acogerse al dispositivo legal en mención, dirigido al jefe de personal.
Opinión sobre el expediente 6914 de Alberto Márquez Abanto, quien cesó en la Dirección General de establecimiento penales, recibió pago desde 1979 a la actualidad, no puede renunciar el derecho adquirido: los derechos reconocidos a favor de los empleados públicos por el estatuto y escalafón del servicio civil sobre cesantía, jubilación y montepío son irrenunciables, considerando aspecto humano sería posible la renuncia para acogerse a un mejor derecho, lo cual no está contemplado en el legislación vigente y sentaría jurisprudencia, en cuanto a equivalencias de niveles entre director general de archivo intermedio y jefe de la sección notarial y judiciales necesario el pronunciamiento de la oficina de planificación e investigación a fin de precisar si se compatibilizan ambas funciones, es necesario análisis técnico de la oficina de personal para emitir un fallo definitivo por la institución, dirigido al jefe del archivo general de la nación
Opinión sobre el pago de día no laborado con ocasión de la paralización de labores del 5 de junio de 1984, al respecto los decretos supremos N.º 003-82PPPCM y 026-82-JUS, norman el derecho de sindicalización y señalan el procedimiento de negociación colectiva sobre condiciones generales de trabajo sin mencionar casos de paralización, la jefatura no ha declarado ilegal, tampoco ha manifestado su conformidad ni su autorización para que se cumpla dicho evento, por consiguiente procede aplicar el art. 180ª de la ley N.º 23740, salvo que la jefatura disponga otra forma de compensación con horas extras por ejemplo, dirigido a jefe del área de personal