Opina respecto a la reclamación formulada por Emilse Campos Dávila, de tener autoridad dispondría la nulidad de lo actuado y de la resolución 164 por no haber observado todas las formalidades de ley, se inicie proceso administrativo a ambos parientes servidores del AGN que no han observado moderación ni respeto en su trato reciproco, nombraría una comisión imparcial que se limite a calificar los hechos, evaluando las conductas, de acuerdo al rango en la administración pública, hay un aforismo que "a mayor nivel jerárquico mayor responsabilidad", dirigido al director técnico del AGN
Referente a su petición verbal de estudiar el pliego petitorio presentado por el sindicato, considero que algunos puntos pueden ser materia de opinión, previa opinión de su despacho, toda vez que cada una de las reclamaciones está vinculada a expectativas económicas, 4º punto referido a la función archivera, puede ser canalizado de acuerdo a ley de presupuesto y sin considerar el elevado monto propuesto, no se puede admitir ninguna clase de discriminación en la solicitud presentada, 1º el D.C. 453 no es aplicado en el archivo y 2º si fuera vigente el D.S. en el organismo, los sindicalistas no están facultados para determinar que a algunos funcionarios se les pague o no dicha bonificación, no es su atribución, dirigido al jefe de la oficina de planificación e investigación
Manifiesta que en la norma legal no aparece ninguna restricción sobre los beneficiarios de la bonificación por escolaridad, salvo la anotada en el art. 2º y que se refiere a los servidores que, con diferente denominación, percibieren montos distintos al establecido en 400 intis, con cargo al tesoro público, para dichos servidores debe señalarse el monto diferencial, si fuere pertinente. A la consulta sobre trabajadores que están con licencia sin goce de haber nos obliga a recurrir al principio jurídico que sentencia "donde la ley no distingue, no cabe distingo alguno" por tanto todos deben percibir esta bonificación por escolaridad, dirigido al jefe de área de personal
Opina que el proyecto planteado por Bernardo Insil tiene importantes antecedentes inscritos en diferentes lineamientos políticos que vive el país, el gobierno actual mediante decreto suprimió el uso de papel sellado que gravaba los contratos, actas, escritos y numerosos documentos, seria contradictorio proponer un proyecto creando un timbre de diez céntimos para adherir a cada página de las boletas, testimonios y copias que expide el organismo a su cargo, aun cuando el propósito es muy noble, un proyecto para edificar un local tendría que estar acompañado de los estudios de pre factibilidad o de costos que garanticen que la creación es operante y que va a cumplir su finalidad, dirigido al jefe del archivo general de la nación
Opinión respecto al expediente de cese del director del archivo de Piura, 1º existen faltas concordantes en cuanto a tramitación, por cuanto una renuncia es improcedente si la persona está impedida de presentar dicha petición, 2º un funcionario que cesa por límite de edad no puede interponer recurso para que se le acepte la renuncia al cargo de una función que ya no ejerce, por imperio de la ley, 3º si se acepta la renuncia de un funcionario antes de cumplir la edad de setenta años, dicha circunstancia debe figurar en forma expresa en la resolución de cese, por mandato de la ley, 4º no tiene validez el documento de formulación de renuncia presentado por un funcionario, siete días antes de cumplir el límite de edad, sin la formalidad de la legalización de firma, formalizando subsanado únicamente el 9 de julio en lima, cuando el señor funcionario ya no ejercía el cargo y no podía renunciar a él, cumplo así con informar en el expediente del recurrente Carlos Rene Robles Razuri, por no estar de acuerdo con la R.J. N.º 124, cuyo proyecto suscribí pero no selle al tomar conocimiento de los antecedentes precisados en este informe, dirigido al jefe del Archivo General de la Nación"
Emite opinión respecto a requerimientos diversos con cargo a ser financiados por mayor captación de ingresos propios, dirigido al jefe del archivo general de la nación
Manifiesta que entrego oportunamente OF. N.º 395-AGN-J, por cambio de colocación del personal de la región, dirigido al jefe del Archivo General de la Nación.
Emite opinión respecto a forum "decreto legislativo nº 276, ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público, dirigido al director técnico del AGN