Facultar al Director General dela OTA, a realizar todas las acciones pendientes a la protección, conservación, control custodia, reinvindicación de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del AGN por ante autoridades policiales, administrativas, fiscales, judiciales y/o eclesiásticas.
Declarar infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por doña Erika rojas Colán (registro N °112624) en contra dela Resolución Jefatural N ° 169-2011-AGN/J del 17 de mayo de 2011.
Autorizar la eliminación de la Empresa SENCICO, que perdieron su vigencia administrativa, contable, financiera, legal y no revisten ninguna utilidad para la investigación; conforme a lo acordado por la Comisión Técnica Nacional de Archivos, según Acta que forma parte de la presente Resolución.
Declarar no haber mérito para sancionar a los señores Jorge Eudocio Mendoza rjas y rogelio Díaz Uriarte con cese temporal o destitución por la Comsión de la falta señalada en la parte considerativa dela presente resolución
Encargar, a partir del 20 de julio del 2011 al Señor Jorge Eudocio Mendoza Rojas, Director de Sistema Administrativo I de la Jefatura Institucional, Nivel Remunerativo F-2, las funciones de Director de Sistema Administrativo I de la Oficina de Administración Documentaria del Archivo General de la Nación, Nivel Remunerativo F-2.
Rectificar de Oficio la resolución Jefatural N° 159-2011-AGN/J, consignándose en su parte considerativa, como irregularidad del instrumneto notarial materia de regularizaciónla siguiente: falta completar el espacio vacío respecto del número de la ficha registrada de inscripción (folio número 9779).
Designar como responsable de la elaboración y actualización del Portal del transparencia del AGN al señor José Valdizán Haro, encargado del área de informática
otorgar en vía de ejecución por única vez a la servidor German Eduardo Velazco Palma Técnico en Archivo IV Nivel Remunerativo STA de la Dirección de Archivivo Notariales Judicales de la DNDAAI del AGN, la suma de ascendente a dos mil Setecientos Ochenta y 80/100 nuevos soles ( S/: 1786.80) por el concepto de asignación po haber cumplido treinta años de servicios.